marzo 24, 2026
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Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían sesiones privadas como regla general para los plenos judiciales y mecanismos de evaluación de candidaturas contrarios al modelo federal. La decisión, tomada en la sesión del Pleno del 23 de marzo de 2026, reafirma los principios de publicidad y paridad en los procesos de designación de magistrados.

En el caso de Durango, la Corte determinó que la norma que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia violaba garantías constitucionales. La resolución también alcanzó otras disposiciones relacionadas con la duración de los mandatos de los magistrados, aunque los detalles específicos de estos artículos adicionales varían según las fuentes consultadas. La acción de inconstitucionalidad y su acumulada fueron analizadas para restablecer la transparencia en la administración de justicia local.

Respecto a Nayarit, el máximo tribunal declaró inconstitucional la creación de un Comité Estatal de Evaluación Único para la selección de candidaturas judiciales, al considerar que este mecanismo contravenía el modelo federal establecido. Además, la SCJN reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit, toda vez que no incorporó en su normativa los principios de insaculación y paridad de género, elementos fundamentales para garantizar la equidad en la integración de los poderes judiciales estatales.

La resolución de estas acciones de inconstitucionalidad contó con la participación de diversos actores institucionales, incluyendo al Poder Ejecutivo Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quienes tuvieron incidencia en el debate sobre la validez de las normas estatales. La intervención de estos organismos subraya la importancia de alinear las legislaciones locales con los estándares nacionales de derechos humanos y justicia.

Las fuentes informativas, entre ellas 24-horas.mx, el Siglo de Torreón y el Semanario Zeta, reportaron que la decisión de la Corte busca uniformar los criterios de transparencia y evaluación en los poderes judiciales de los estados. La invalidación de estas normativas implica que los congresos de Durango y Nayarit deberán adecuar sus marcos legales para cumplir con los preceptos constitucionales señalados por la SCJN.

Este precedente judicial establece que los criterios sobre la publicidad de las sesiones y los métodos de evaluación de candidatos aplican como consecuencia directa de las resoluciones contra estas entidades federativas, marcando un límite a las autonomías legislativas estatales cuando estas colisionan con el sistema nacional de justicia. Se espera que la adecuación de las leyes locales se realice en los próximos meses para evitar vacíos legales en la operación de los tribunales superiores.

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