abril 14, 2026
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Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como método para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo. La decisión se tomó durante la sesión del pleno, donde se discutió la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones anteriores.

La resolución se aprobó por seis votos contra tres. A favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres votaron Hugo Aguilar, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero, además de la propia Batres. En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, en oposición a fijar la UMA como criterio único, votaron las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa.

La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo. Al defender su proyecto, la ministra afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que “se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos se manifestó a favor de resolver la contradicción, señalando que “subyace una misma cuestión jurídica, la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal”. En contraste, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia de la contradicción, al considerar que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala. Posturas similares expresaron Yasmin Esquivel e Irving Espinosa, quienes consideraron inexistente la contradicción debido a que los preceptos analizados correspondían a elementos diversos para el cálculo.

Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información disponible, mientras que bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía ascender a más de 1.5 millones de pesos, con la nueva determinación basada en la UMA, el monto no podrá rebasar los 585 mil pesos.

Cabe mencionar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto de la Corte, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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